PREGUNTAS FRECUENTES DE LOS DIRECTIVOS DE PLANTELES CON SUS RESPUESTAS

LA PAGINA NO ABRE 

ESO YA NO ES PROBLEMA SINO COSTUMBRE.  YA HABLANDO EN SERIO EL EQUIPO DEL MPPE DE VERDAD SE ESTA TOMANDO SU LABOR MUY ENSERIO ASI QUE POR FAVOR TENGAN UN PACIENCIA INTENTEN MAS TARDE (TODO EN LA VIDA TIENE SOLUCIÓN, Y SI TIENE SOLUCIÓN PARA QUE PREOCUPARSE ¿ACASO ES SU CULPA QUE LA PAGINA NO ABRA?, ACASO PORQUE SE AMARGUE LA VIDA Y DEMAS ¿LA PAGINA ABRIRA MAS RAPIDO? no verdad, entonce por favor tomense las cosas con calma y en lo posible hagan criticas constructivas...)

PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Por qué se han devuelto expedientes a los directores?

          Los expedientes pueden ser devueltos a los directores por no presentar la totalidad de los recaudos requeridos (actas de inasistencia, exposición de motivos, entre otros).

 2. ¿Qué debe hacer un director o directora en caso de presumir que un personal se encuentra en el exterior durante su jornada laboral?

          El directivo tiene la potestad de solicitar a través de un oficio al Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) (Dirigir oficio al Msc. José  Rafael  Zapata  Flores  jefe de Oficina Saime Barinas) el registro de movimiento migratorio del personal a su cargo, el cual podrá ser expedido entre 1 a 3 días hábiles siguientes a la solicitud por la autoridad competente. Una vez obtenido éste, procederá a formar una carpeta en la que adicionalmente al recaudo precitado deberá anexar, cada una de las actas de insistencias debidamente fechadas y firmadas por el directivo y dos testigos, acta de abandono de trabajo, así como también un informe reseñando la situación laboral del docente, obrero o administrativo. Todo ello, deberá ser consignado por la Oficina de Atención al Ciudadano, para luego ser remitido a la Oficina de Asesoría Jurídica de la Zona Educativa con el objeto de dar continuidad a procedimiento a que hubiere lugar.

 3. ¿Qué debe hacer un director o directora en caso de que un docente tenga reposos continuos por más de 90 días o presuma de ser falso?

          En el caso de reposos continuos por más de 90 días, El director o directora del plantel, debe solicitar la revisión del estatus medico del docente ante el IPASME para ir a junta médica. Si presume de ser falsos el supervisor inmediato debe solicitar ante dicha instancia la respectiva revisión de los reposos médicos emitidos por el maestro o la maestra.

 4. ¿Qué hacer en caso de que algún servidor público adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación cometa actos de violencia hacia sus compañeros, directivo y estudiantes?

          Realizar procedimiento disciplinario ajustado a la normativa legal estipulada para el personal obrero, administrativo y docente, iniciando en la dirección del plantel, la cual será sancionado por la máxima autoridad del MPPE o en su defecto para la calificación de falta por ante la inspectoría del trabajo.

5. ¿En el caso de los docentes, en qué momento debe retirarse de la institución si ha solicitado un permiso no remunerado y/o año sabático?

          Una vez que el docente ha solicitado formalmente por ante la Oficina de Asesoría Jurídica la licencia de año sabático deberá esperar a que la mencionada oficina se pronuncie y le sea autorizada la salida de la institución, caso contrario, se entenderá que ha incurrido en un abandono de cargo.                     

 6. ¿Qué hacer en caso de tener un personal con capacidad laboral reducida?

          En primer lugar, el directivo debe verificar que esta haya sido determinada por Junta Médica del IPASME o IVSS y que conste como tal en el informe médico. Una vez examinado este asunto, tal como lo prescribe la cláusula 95 de la Contratación Colectiva, debe asignar un cambio de actividad que se ajuste a las necesidades particulares del beneficiario dentro de la institución.

 7. ¿En cuanto a la instrucción de expediente, el procedimiento es el mismo para los docentes de dependencia nacional y estadal?

         Ambos se rigen por las mismas leyes, aplicándose los mismos procedimientos disciplinarios, con la salvedad de que los docentes estadales el expediente se sustancia por la Secretaria Ejecutiva de Educación y el ente competente para sancionar es el gobernador del Estado.

 8. ¿Aplica el mismo procedimiento  de  instrucción de expediente para el personal administrativo y obrero?

          El procedimiento aplicable para el personal administrativo fijo se tramitará de acuerdo a las normas previstas en la Ley del Estatuto de la Función Pública, en tanto que para el personal administrativo contratado, así como los obreros fijos y contratados, se tomará en consideración las reglas previstas en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras vigente.

  9. ¿Es potestad del director permiso y asignación de horario para amamantar?

          El descanso por lactancia es un derecho inalienable de la trabajadora previsto en la LP.P.L.M en sus artículos 2 y 5 y Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012), la cual precisa en su artículo 345 que los mismos se han de producir en dos descansos diarios de media hora cada uno, si la trabajadora lo realiza dentro de su ambiente laboral (si en este se dispone de una sala de lactancia) o dispondrá de dos descansos de una hora y media cada uno si precisare ausentarse de su lugar de trabajo. En este caso, la docente deberá acordar con el directivo las horas que se han de emplear para tal fin.



GENTE SIN OFICIO ME PIDIERON EL 1ER RECIBO DE PAGO 

¿DONDE LO CONSIGO?


PUES BÚSCALO EN LAS GAVETAS NO SE BUSCA A VER EN ESE PAPELERO QUE TIENES EN LA CASA JEJE
NO EN SERIO YA :-9 TODOS LOS RECIBOS DE PAGO DESDE QUE EMPEZASTE A TRABAJAR EN EL MINISTERIO SE ARCHIVAN Y DEBES DE BUSCARLO EN LA OFICINA DE PAGO DIRECTO DE ZONA EDUCATIVA ;-)

¿PORQUE NO HAN SUBIDO EL ULTIMO RECIBO DE PAGO?


Los recibos de las quincenas generalmente lo suben es 15 dias después por ejemplo si estamos en la quincena del 25 de junio el ultimo recibo que aparecerá es el del 9 de junio, si estamos en el 9 de junio aparecerá el de la quincena del 25 del mes de mayo. 

¿PORQUE NO APARECEN TODOS LOS RECIBOS EN LA PAGINA WEB?


No imagínate si ahorita aparece solo los ultimos 3 años y la pagina se cuelga que quedara si se pudiera visualizar todos lo periodos :-S y se preguntaran y ¿a donde voy si necesito un recibo de pago que no esta en la pagina? pues deben dirigirse a la oficina de pago directo de zona educativa.

LLEVO SIGLOS COBRANDO EL MISMO SUELDO 

Y NO ME PAGAN MI PRIMA DE PROFESIONALIZACIÓN


Pues pégate como un chinche en la zona educativa para que te asignen tu prima de profesionalización te daría el link para descargar la planilla pero es que la pagina del ministerio nunca abre cuando se necesita,  te aconsejo que vayas a la zona educativa o a Caracas directamente a gestionar eso una y otra vez... porque sino insistes o no estas allí haciendole seguimiento entonces nunca te sale nada

ME VACIARON LA CUENTA NOMINA Y YO NI FUI A COBRAR :-( 


DENUNCIA EL CASO INMEDIATAMENTE AL BANCO E INDISTINTAMENTE DE LO QUE TE DIGA EL BANCO VE AL CICPC Y AL INDEPABIS.

SIENTO QUE ESTOY COMO CACHICAMO TRABAJANDO PA LAPA :-( 


SI TE METISTE EN UNA DE ESAS COMPRAS A CRÉDITO Y TE ESTÁN TUMBANDO CASI QUE TODA LA QUINCENA ANDA INMEDIATAMENTE AL INDEPABIS. 

SOY PERSONAL CONTRATADO ¿COMO HAGO?


LOS RECIBOS DE PAGO DEL PERSONAL CONTRATADO LOS DEBE SOLICITAR EL DIRECTIVO A TRAVES DE UN OFICIO DIRIGIDO A LA OFICINA DE PAGO  DIRECTO DE LA ZONA EDUCATIVA EL OFICIO DEBE CONTENER EL CARGO CEDULA Y NOMBRES DEL PERSONAL QUE REQUIERE DE SU RECIBO DE PAGO

¡TENGO OTRA DUDA!


¡NO ME DIGAS!  DEJA TU COMENTARIO ESO SI POR FAVOR SE LOS RUEGO POR EL AMOR DE DIOS, NO DEJEN DATOS PERSONALES (TELÉFONOS,  CÉDULAS, PASAPORTES ETC...). 
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